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Crédito: Archivo

El Informe documenta responsabilidad del Ministro de la Defensa y la FANB en violaciones de derechos humanos en Venezuela

Control Ciudadano.- El Estado venezolano no ha adoptado medidas de prevención y reparación, en casos de graves violaciones a derechos humanos registrados en Venezuela. Así lo señaló este jueves 16 de septiembre la Misión internacional independiente de determinación de los hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela, al presentar su informe de situación, en la cuadragésima octava sesión del Consejo de Derechos Humanos de la ONU.

La Misión encontró motivos razonables para creer que tanto el Presidente como los Ministros del Interior y de Defensa, ordenaron o contribuyeron a la comisión de los crímenes documentados en el informe de septiembre de 2020, y teniendo la autoridad efectiva para hacerlo, no adoptaron medidas de prevención y represión“, señala el informe presentado este jueves 16 de septiembre de 20201, en Ginebra.

También encontró motivos razonables para creer que los directores de las entidades de seguridad e inteligencia que participaron en la comisión de los crímenes documentados en el informe, ordenaron o contribuyeron a la comisión de estos crímenes, y teniendo la capacidad efectiva para hacerlo, no tomaron medidas de prevención y represión“, agrega el documento.

Detenciones arbitrarias de militares

De igual forma, el informe registró 19 casos de detenciones arbitrarias de efectivos militares, desde 2018, ordenadas por jueces militares, en las que no se respetó el debido proceso y que derivaron en casos de tortura.

“En total, la Misión documentó 19 detenciones arbitrarias y desapariciones forzadas de corta duración de militares, las cuales fueron sostenidas por fiscales y jueces mediante la emisión de órdenes de aprehensión ex post facto. La mayoría de estas órdenes fueron emitidas por dos jueces militares. En todos los casos, la DGCIM retuvo a las personas detenidas sin supervisión legal durante un período de aproximadamente una semana, durante el cual funcionarios presuntamente perpetraron graves actos de tortura psicológica, física y sexual durante los interrogatorios en La Boleíta o en lugares clandestinos”, señaló la Misión de Determinación de Hechos en su informe.

Caso Acosta Arévalo

La Misión siguió investigando sobre el caso del Capitán de Corbeta Rafael Acosta Arévalo, quien falleció el 28 de junio de 2019, en el Hospital Militar del Ejército Dr. Vicente Salías Sanoja (Hospitalito), del Fuerte Tiuna, en Caracas, como consecuencia de torturas de las que fue objeto, mientras permaneció detenido, por una semana, en los calabozos de la Dirección de Contrainteligencia Militar (DGCIM).

La Misión reveló que encontró información que evidenciaría que Acosta podría haber fallecido durante su audiencia de presentación en el tribunal militar, el 28 de junio de 2019.

La Misión solicitó información sobre esta caso y no recibió respuesta del Estado venezolano.

En noviembre de 2020 hubo una nueva acusación contra los presuntos responsables del caso que incluía los delitos de “tortura y homicidio calificado con alevosía“, sin embargo los señalados por el caso son funcionarios de bajo rango y no se estableció responsabilidad de los superiores responsables de la cadena de mando.  A la fecha no se ha emitido sentencia en este nuevo juicio.

Nuevos casos de allanamientos y detenciones arbitrarias de civiles documentados

La Misión también documentos casos de detenciones arbitrarias contra miembros de organizaciones de la sociedad civil, como el allanamiento ilegal la detención de tres miembros de la organización Azul Positivo, ocurrida en enero de 2021, quienes fueron trasladado a una sede de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM); a pesar de ser civiles.

Responsables

La Misión de determinación de hechos reiteró que los cuerpos de seguridad del Estado civiles y militares, señalados como responsables de las violaciones de los derechos humanos documentados siguiendo la autoridad de las cadenas de mando de autoridades jerárquicas superiores.

La Misión encontró motivos razonables para creer que la PNB y la policía municipal y estatal, el CICPC, el SEBIN, la FANB y la DGCIM consistían en entidades funcionales y organizadas, que operaban en general de conformidad con las cadenas de mando o autoridad establecidas y con los procedimientos de comunicación y presentación de reportes establecidos. La información disponible indica que la dirección de esas entidades ejercía un control efectivo sobre sus subordinados, de conformidad con un sistema disciplinario en funcionamiento“, indica el informe.

Puede ver el informe “Conclusiones detalladas de la Misión internacional independiente de determinación de los hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela”, completo, en el siguiente enlace: 2021.09.15 – A-HRC-48-CRP.5 SP.

Misión de determinación de hechos

La Misión internacional independiente de determinación de los hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela se estableció en septiembre de 2019 a través de una la resolución 42/25, del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

Ha presentado documentado y presentado informes sobre la situación de los derechos humanos en Venezuela en las sesiones del Consejo de Derechos Humanos de la ONU. Su mandato esta vigente hasta septiembre de 2022.

 

 

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