Esta Ley tiene por objeto establecer las normas que rigen el control para la defensa integral del espacio aéreo continental, insular y marítimo de la República Bolivariana de Venezuela, en ejercicio de su soberanía y en atención a los más altos intereses de seguridad y defensa integral para la aplicación de acciones de interceptación, persuasión e inutilización de toda aeronave u objeto que, sin ser aeronave, infrinja las disposiciones sobre la circulación aérea.
Se le conoce popularmente como la Ley de derribo de aeronaves.
Fue publicada en Gaceta Oficial N° 39.935 del 1 de junio de 2012 y de acuerdo a la disposición final única entro en vigor una vez transcurrido noventa días posteriores a su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
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