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Fuente: El Colombiano

Tras 17 años investigación previa, la Corte Penal Internacional (CPI) decidió este jueves cerrar el Examen Preliminar sobre violaciones a los derechos humanos que se cometieron por parte de los actores armados en medio del conflicto interno de Colombia.

Crédito: El Colombiano

Dicha investigación se adelanta en el país desde junio de 2004 y tenía el objetivo de “considerar las denuncias que se habían presentado frente a la supuesta comisión de crímenes de guerra y de lesa humanidad. Desde entonces, hemos estado en el escrutinio permanente”, dijo la vicepresidenta y canciller, Marta Lucía Ramírez.

“Me complace decir que me puedo retirar de la etapa de investigación preliminar. Esto no quiere decir que se esté poniendo fin al apoyo (…) el compromiso será una actividad continúa, pero este es un gran logro”, dijo el fiscal de la Corte Penal Internacional, Karim Khan, en medio de su discurso.

Pese a que dicho anunció implica que la Corte no seguirá indagando cómo avanza la justicia en el país, lo cierto es que sí seguirá de cerca los movimientos que haga el Gobierno con respecto a temas fundamentales para la paz.

De hecho, durante la reunión se firmó el “Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de Colombia y la Oficina del Fiscal de la Corte Penal Internacional”, con el que el presidente de la República, Iván Duque, se compromete a apoyar a la JEP, implementar el Acuerdo de Paz y ofrecer todos los recursos necesarios para que así sea.

En ese mismo documento, el Gobierno aseguró que seguirá presentando un informe anual en el que rendirá cuentas de los avances que vaya presentando el país.

Dicho Acuerdo deja la puerta abierta para que la Fiscalía de la CPI evalúe las circunstancias de Colombia en cualquier momento:

“Conforme al Estatuto de Roma, la Fiscalía podrá reconsiderar su evaluación de la complementariedad a la luz de cualquier cambio significativo de las circunstancias, incluyendo toda medida que pueda obstaculizar significativamente el progreso y/o la autenticidad de los procedimientos pertinentes y la aplicación efectiva y proporcionada de sanciones penales de naturaleza retributiva y restaurativa; iniciativas que resulten en importantes obstrucciones al mandato y/o al funcionamiento adecuado de las jurisdicciones pertinentes; o cualquier suspensión”, dice el artículo 6 del documento.

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