comparte

Fuente: Control Ciudadano/ Últimas Noticias

En sentencia redactada por Mikel Moreno, el TSJ ordenó recapturar a dos personas con libertad condicional solicitada por el M/G (GNB) Antonio Benavides Torres, acusadas por tráfico de material estratégico, legitimación de capitales, minería ilegal y manejo indebido de sustancias peligrosas en el Estado Bolívar.

Crédito Últimas Noticias

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia anuló una audiencia preliminar donde se otorgó medidas cautelares en favor de dos hombres acusados por tráfico de material estratégico, legitimación de capitales, minería ilegal y manejo indebido de sustancias peligrosas, entre otros delitos, según se lee en la sentencia 154 redactada por el magistrado Maikel Moreno.

Los beneficiados con la medida son: Antonio Briceño Vera, y Luis Miguel Vivas Mata. Marco Antonio Flores Moreno, el tercer procesado está recluido en la sede central de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (Dgcim), organismo que practicó la detención de los tres en el estacionamiento del hotel Eurobuilding, ubicado en Puerto Ordaz (Bolívar) el 22 de agosto de 2020.

La audiencia preliminar donde se debatió si ordenaban o no un juicio contra los tres detenidos, se celebró el 1° de agosto pasado en el Juzgado 5° de Control de Bolívar, extensión Puerto Ordaz, con presencia de diputados a la Asamblea Nacional, en el marco del abordaje a retenes policiales efectuado por la Comisión para la Revolución del Sistema Judicial.

Durante la audiencia tomó la palabra el diputado Antonio Benavides Torres quien manifestó que tomaba el control de ese acto judicial “por cuanto él era la máxima autoridad y se encontraba por encima de la autoridad del Tribunal, Ministerio Publico y Defensa Pública”, según el acta.

En razón de ello, Benavides Torres era para ordenar que se le otorgara una medida cautelar de libertad a dos de los tres acusados: Vera y Vivas. El Tribunal acordó tales medidas bajo protesta, según el acta.

“Este Tribunal deja constancia que, en virtud de las constantes amenazas a la libertad personal y judicial por parte de los representantes de la Asamblea Nacional, a este Juzgado, dejo constancia que firme la correspondiente boleta de libertad de los imputados”, dice el acta de la audiencia.

Los magistrados encontraron imprecisiones, vicios e incongruencias en el acta de la audiencia preliminar, lo cual va en contravención al debido proceso, según sentencia.

La Sala calificó la actuación del tribunal bolivarense como “un hecho grave”, especialmente por haber dejado intervenir a un diputado que no forma parte de la estructura judicial. Al respecto, la Sala recordó el principio de exclusividad de jurisdicción, constitucionalmente atribuida a los jueces “con carácter exclusivo y excluyente”.

Por esas razones, los magistrados ordenaron trasladar a Caracas el juicio seguido a los tres acusados y ordenó recapturar a los dos beneficiados.

 

comparte