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Conoce cuáles son las 5 acciones, prohibiciones y sanciones que establece el Proyecto de Ley

Control Ciudadano.-  Para este martes a las 11 de la mañana está prevista la segunda discusión del Proyecto de Ley Orgánica para la Defensa de la Guayana Esequiba. Sin embargo, hasta la fecha, el contenido del Proyecto de Ley, no ha sido publicado en ningún portal oficial del Estado.

Para acceder a su contenido pulsa aquí 

El pasado 6 de diciembre, el parlamento declaró urgencia reglamentaria en sesión ordinaria, el Anteproyecto de Ley Orgánica para la Defensa de la Guayana Esequiba, instrumento legal entregado un día antes por el presidente de la República Nicolás Maduro, que fue aprobado en primera discusión con el voto unánime de los parlamentarios de las bancadas del oficialismo y de la oposición, convirtiéndose así en proyecto de Ley.

 «Esta Ley, a partir de su aprobación, tendrá un enorme impacto no solo para la integridad territorial del Estado, sino también sobre las personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, nacionales o extranjeras, por las obligaciones y prohibiciones que impone», señala Rocío San Miguel, presidente de Control Ciudadano.

La versión del Proyecto de Ley Orgánica para la Defensa de la Guayana Esequiba a la que ha tenido acceso Control Ciudadano, dispone de 22 artículos, cuatro capítulos e igual número de disposiciones transitorias. Para acceder a su contenido pulsa aquí 

El proyecto de Ley tiene por objeto “establecer los medios y mecanismos orientados a la defensa del territorio de la Guayana Esequiba, actualmente usurpado por la República Cooperativa de Guyana, como resultado del írrito Laudo Arbitral de 1899, con el propósito de asegurar la soberanía e integridad territorial de la República Bolivariana de Venezuela”, según indica el artículo 1.

Gobernador del estado Guayana Esequiba

El proyecto de Ley prevé que el gobierno y la administración del Estado Guayana Esequiba, corresponderá a un Gobernador o Gobernadora, libremente elegido; sin embargo, establece que hasta tanto se celebren las elecciones en el Estado Guayana Esequiba, de conformidad con el Acuerdo de Ginebra y el derecho internacional, el gobierno y administración del Estado será ejercido por un Jefe o Jefa de Gobierno designado por el presidente de la República Bolivariana de Venezuela.

Acciones previstas por el proyecto de Ley, para la protección de la Guayana Esequiba

El Capítulo III del proyecto de Ley, establece seis artículos con las acciones para la protección de la Guayana Esequiba.

¿Cuáles son estas 5 acciones? 

1.- Se establece el uso obligatorio del nuevo Mapa político de la República Bolivariana de Venezuela, que incluye el Territorio del Estado Guayana Esequiba, so pena de sanciones (Artículos 17 y 18).

2.- Se declara documento histórico de la Nación toda la información que guarde relación, directa o indirecta, con el territorio de la Guayana Esequiba (Artículo 19).

3.- Todas las personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado, nacionales o extranjeras, que posean, administren o gestionen información que guarde relación, directa o indirecta, con el territorio de la Guayana Esequiba, estarán en el deber de ponerla a disposición del Estado (Artículo 20).

4.- Se prohíbe al Estado contratar con personas jurídicas que se encuentren operando o colaboren con la operación en el territorio de la Guayana Esequiba o las aguas pendientes por delimitar entre Venezuela y la República Cooperativa de Guyana, con base en concesiones, autorizaciones o permisos otorgados unilateralmente por Guyana.(Artículo 21).

5.- Se prohíbe el acceso a cargos públicos a quienes  favorezcan públicamente la posición de la República Cooperativa de Guyana en torno a la Guayana Esequiba o deshonren los símbolos patrios de la Nación (Artículo 22).

 

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