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Fuente: Últimas Noticias

El Ejecutivo nacional oficializó la creación de la zona estratégica de desarrollo nacional denominada Territorio para el Desarrollo de la Fachada Atlántica, que comprende las áreas marinas y submarinas que integran la plataforma submarina, zócalo y subsuelo continental que proyecta el delta del Orinoco hasta el borde continental hacia el océano Atlántico o fachada atlántica del delta del Orinoco, hasta el borde exterior del margen continental, donde quiera que el margen se extienda más allá de 200 millas marinas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial.

Crédito Prensa Presidencial

Así fue establecido en el Decreto Nº 4.415, publicado en la Gaceta Oficial Nº 42.046, de fecha 13 de enero.

El presidente Nicolás Maduro dijo que el territorio marítimo “forma parte de la batería de acciones legales, diplomáticas, políticas y de Estado para defender nuestros sagrados derechos de 200 años de República”.

Estará dirigido y administrado por la autoridad única del Territorio para el Desarrollo de la Fachada Atlántica, que será designada por Maduro.

Entre las atribuciones está: coordinar y coadyuvar con la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en la ejecución de planes de seguridad y defensa en los espacios que integran el territorio de la zona estratégica; asimismo, recomendará al Consejo de Defensa de la Nación la implementación de planes especiales para resguardar la soberanía nacional en los espacios que integran la zona.

Igualmente, la zona contará con un Consejo de Gestión conformado por: un representante de la vicepresidencia ejecutiva y un representante de cada una de las vicepresidencias sectoriales. Un representante de la Fanb, uno de Cancillería, otro del Ministerio de Petróleo y uno del Comando Estratégico Operacional de la Fanb (Ceofanb).

El Consejo coordinará con los entes competentes la ejecución de las políticas públicas de la zona. Hacer seguimiento a los proyectos de urbanismo, dotación de servicios e infraestructura de equipamiento urbano, llevar el registro de las personas naturales y jurídicas que desarrollen actividades en la zona y producir o recopilar la información técnica pertinente, incluidos datos geodésicos, a fin de elaborar las cartas oportunas que permitan definir y caracterizar los espacios de la zona.

La autoridad única del Territorio junto al Consejo de Gestión elaborarán y dictarán, en un lapso de 90 días, el Reglamento de Funcionamiento del Consejo de Gestión.

Los ministerios de Planificación y de Defensa harán el Plan Específico para el Desarrollo de la Fachada Atlántica.

Según el artículo 11, el Plan Específico del Territorio para el Desarrollo de la Fachada Atlántica deberá focalizarse en actividades integrales para reforzar la seguridad y defensa, para dinamizar los eslabones pesquero y acuícola, para la conservación y protección del ambiente, los recursos naturales, la diversidad biológica y de exploración y explotación de hidrocarburos, entre otros.

El territorio contará con un régimen especial aduanero, para ello el Seniat implementará mecanismos que permitan realizar el desaduanamiento de mercancías importadas por las personas naturales y jurídicas que desarrollen actividades en la zona.

Igualmente, las importaciones de bienes y servicios para la construcción de infraestructuras, así como las materias prima que requieran las empresas autorizadas a operar en la zona, “podrán estar sujetas a preferencias respecto de restricciones arancelarias y para-arancelarias, a excepción de aquellas de carácter sanitario, zoosanitario, fitosanitario o que respondan a razones de defensa y seguridad nacional”.

Según el artículo 12, los ingresos generados por el desarrollo de actividades económicas realizadas en el territorio tienen carácter extraordinario.

Reglamento para su desarrollo

En la Gaceta Oficial se establece que “dentro del plazo de noventa días siguiente a la fecha de publicación de este decreto, la autoridad única de la zona, en coordinación con la vicepresidencia ejecutiva, el Ministerio del Poder Popular para la Defensa, el Ministerio del Poder Popular de Planificación y el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, presentarán para la aprobación del Presidente de la República el Reglamento del Territorio para el Desarrollo de la Fachada Atlántica”.

 

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