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Fuente: El Universal

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) a través de la Sala de Casación Penal declaró inadmisible la solicitud de avocamiento interpuesta por la defensa del General de División (GN) Alejandro Pérez Gámez, imputado por su presunta responsabilidad penal en el intento de magnicidio contra el presidente de la República, Nicolás Maduro, hecho ocurrido el pasado 05 de agosto del 2018, durante el Acto Conmemorativo del 81° Aniversario de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) que se celebraba en la avenida Bolívar de Caracas.

Crédito El Universal

A Pérez Gámez se le acusa además por los delitos de homicidio intencional calificado, ejecutado con alevosía y por motivos fútiles, en grado de frustración contra varios miembros de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana; traición a la patria; lanzamiento de artefacto explosivo en reuniones públicas; daños violentos a la propiedad; terrorismo y asociación para delinquir, delitos previstos y sancionados en el Código Penal y en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
La decisión de la Sala de Casación Penal, con ponencia de su vicepresidenta, magistrada Elsa Janeth Gómez Moreno, expresa que “la petición de avocamiento no puede ser entendida como un mecanismo ordinario de revisión de procesos o sentencias, pues debido a su prudencia y excepcionalidad, no constituye un remedio procesal ante cualquier acto o decisión que fuere adversa a las partes, mucho menos, si tales situaciones pueden ser impugnadas a través del trámite de incidencia o con los recursos ordinarios, siendo que, en la presente causa, el solicitante, ejerció el recurso de apelación, sin dejar constancia sobre el agotamiento del mismo”.
El G/D Alejandro Pérez Gámez, para el momento del atentado con drones se desempeñaba como director de los Servicios para el Mantenimiento del Orden Interno de la GNB y por ende, miembro del Alto Mando Ampliado de la Fuerza Armada Nacional.

 

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