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Fuente: Correo del Orinoco

Los cuerpos policiales de los municipios Mariño, Maneiro y Arismendi del estado Nueva Esparta actuarán previa autorización “expresa y específica” del Comando Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Ceofanb), de cara a la celebración en la referida entidad de la XVII Cumbre del Movimiento de Países No Alineados (Mnoal).

Crédito Correo del Orinoco

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Así lo indica una resolución conjunta, de fecha 31 de agosto, publicada en la Gaceta Oficial N.º 40.981, entre el Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz y el Ministerio del Poder Popular para la Defensa.

En el instrumento se explica que la decisión se toma con la finalidad de garantizar la seguridad de las delegaciones asistentes a la cumbre, que se llevará a cabo entre los días 13 y 18 del mes en curso, así como para el resguardo del orden interno y la paz en la región.

Asimismo, se acreditan a los oficiales de la FANB, general de división Luis Enrique Pérez Belisario, general de división José Miguel Pacheco y el general de división Javier Rodríguez Albo, “para ejercer la dirección y supervisión directa” de los cuerpos de policía de los municipios Maneiro, Arismendi y Mariño, respectivamente.

Los referidos oficiales estarán a la orden del Ceofanb durante el periodo previsto para la celebración del encuentro. En este sentido, se indica que la resolución entra en vigencia “desde el día 1 de septiembre de 2016, hasta el día 20 de septiembre de 2016, ambas fechas inclusive. Los ministros del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz y para la Defensa podrán prorrogar los periodos establecidos en la resolución, de ser necesario.

En la resolución se detalla que “es deber del Estado garantizar la seguridad ciudadana, la paz, el orden interno, el disfrute de las garantías y el libre ejercicio de los derechos consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, fundamentado en el principio de la corresponsabilidad entre sus instituciones y la sociedad civil , ejercidas sobre los ámbitos, económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar, mediante la formulación de las políticas públicas, estrategias y directrices necesarias” para proteger a la ciudadanía.

Asimismo, la decisión se toma “actuando de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19, 55, 62, 156 numerales 2, 6, 7 y 33, 328 y 332 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en ejercicio de las competencias comunes que les confiere lo dispuesto en los numerales 19 y 27 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Administración Pública y en uso de las atribuciones previstas en el artículo 17 y numerales 1,2 y 14 del artículo 18 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana”.

 

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