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Fuente: Caraota Digital 

La muerte de este adolescente pudo haberse evitado si no fuese porque los funcionarios castrenses detonaron sus pistolas tipo 9mm para contener la concentración opositora, a pesar de que las imágenes del suceso demuestran que ningún manifestante se encontraba armado en ese momento; tan solo utilizaron piedras y botellas en contra de los funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana(GNB).

“Suficientes” pruebas dieron pie al Ministerio Público para dictar privativa de libertad en contra del sargento primero Raimon Ávila y los sargentos segundo Jhoan Rojas y Jesús Báez, efectivos de la GNB señalados como presuntos autores materiales de la muerte de Fabián Urbina y de provocar lesiones por armas de fuego a otros seis manifestantes. Pero, ¿quién colocó el arma en las manos de estos funcionarios?

El 27 de enero de 2015 la opinión pública nacional alertó – y con razón – sobre los rasgos contradictorios y peligrosos contenidos en la gaceta oficial N° 40.589, que norma sobre “la actuación de la fuerza armada nacional bolivariana en funciones de control del orden público de manifestaciones públicas, la paz social y convivencia ciudadana en reuniones públicas y manifestaciones”, conocidas en la resolución N° 8.610 del Ministerio de la Defensa.

Y es que el controversial dictamen es contrario al espíritu del artículo 68 de la Constitución Nacional al justificar el uso de la fuerza en “manifestaciones pacíficas”. Por ello, el abogado José Ignacio Hernández advertía en aquella oportunidad que una “lectura literal” de la mencionada norma podría llevar a la conclusión de que la “fuerza puede ser empleada contra manifestantes pacíficos o para dispersar protestas pacíficas, lo cual sería una clara violación a los Derechos Humanos“.

Artículos 15 y 24 de la Gaceta Oficial 40.589 donde se establece el uso de armas de fuego en manifestaciones

Consecuencias a la vuelta de la esquina

En todo caso la resolución firmada por el ministro de Defensa, general Vladimir Padrino López, cubre con un velo de “legalidad” la actuación de efectivos militares en “manifestaciones pacíficas” al permitir el “uso de agentes químicos y armas de fuego de acuerdo con el principio de proporcionalidad”, de acuerdo con su artículo 15.

Para Hernández, “hay algo todavía más grave” en el dictamen del ministro y es el artículo 24, el cual permite “como medida de último recurso, el uso de armas de fuego, estableciendo un conjunto de condiciones para restringir su uso, norma claramente violatoria de la Constitución.

Otra voz experta en advertir sobre el peligro que cernía sobre la población civil fue el abogado constitucionalista Juan Manuel Raffalli. Entonces, recordaba que “elMinisterio de la Defensa no es competente para legislar o dictar actos normativos cuyo contenido afecte directamente los Derechos Humanos fundamentales, como el derecho a la vida, al libre tránsito, a la manifestación y a la reunión pública”.

Decía además que, conforme al artículo 187, ordinal primero de la Carta Magna, “corresponde únicamente a la Asamblea Nacional legislar en materias que sean competencia del Poder Público Nacional”.

La fiscal general, Luisa Ortega Díaz, sobre la resolución 8.610 del Ministerio de la Defensa

Aún así, la resolución 8.610 no aclara el uso de la determinada “dosis de fuerza”contemplada en ella. Por lo que el alcance de este vago concepto solo se conocería in situ, es decir, en el fragor del control del orden público.

Según Raffalli, “algunos han alegado que el funcionario debe tener el derecho a defenderse en situaciones en las que peligre su vida, con razón. Sin embargo, normalmente la capacidad de violencia y defensa de los cuerpos de seguridad son superiores a las de los manifestantes, cuando se trata de manifestaciones pacíficas”.

Pero el problema es que, por más lineamientos que se den, eso que el dictamen denomina como “dosis de fuerza” resulta una decisión tomada in situ por parte del funcionario militar que, a su vez, debe contar con una formación profesional de calidad para participar en tales eventos de orden público.

“Es precisamente por eso que, de manera categórica, la Constitución en su artículo 68prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones. Sin embargo, la resolución en el último peldaño de esa escalera denominado violencia mortal habilita el uso de armas potencialmente mortales, incluyendo las de fuego cuando ello sea inevitable”, denunció el Constitucionalista.

Ante ello, una pregunta queda abierta: ¿es la polémica resolución N° 8.610, que autoriza el uso de armas de fuego para “garantizar el orden público, la paz social y la convivencia ciudadana en reuniones públicas y manifestaciones”, el respaldo legal de los funcionarios de la GNB para haber detonado sus pistolas, tipo 9mm, en contra de los protestantes que se concentraron en el distribuidor Altamira?

Expertos consultados por Caraota Investiga explicaron que la existencia de esta normativa y que el uso de armas potencialmente mortales quede a discreción del funcionario militar supone una violación a los Derechos Humanos cuya responsabilidad recae sobre toda la cadena de mando.

“La resolución N° 8610, es una grave violación a los Derechos Humanos al pretender permitir el uso de sustancias químicas y, lo que es más grave, el uso de armas de fuego en manifestaciones y protestas. Y aquí es bueno recordar que según la Constitución la violación de Derechos Humanos genera responsabilidad personal de los funcionarios, incluso si actúan en acatamiento de la resolución. Viola, además, normas internacionales que prohíben el uso de armas letales en manifestaciones y protestas”, argumentó José Ignacio Hernández.

El legado: la muerte de Fabián

Desde su aparición en 2015, hasta la actualidad, el mencionado dictamen es motivo de rechazo incluso dentro de las filas del propio Gobierno de Nicolás Maduro. Un día después del asesinato del adolescente Fabián Urbina, la fiscal general Luisa Ortega Díaz recordó haber cuestionado la resolución “desde el momento en que fue publicada”.

El presidente del Frente Institucional Militar, vicealmirente Rafael Huizi Clavier, sobre el porte de armas para contener protestas pacíficas

“Eso no te lo podría responder, ¿no?. Pero cuestioné siempre esa resolución N° 8.610, respondió incómoda la titular del Ministerio Público en entrevista para Unión Radio, a la pregunta sobre si la mencionada disposición habría permitido el uso de armas de fuego durante manifestaciones como la de este lunes 19 de junio.

No obstante, “no solo un arma de fuego es letal. Son las metras, los perdigones y las tuercas. La misma lacrimógena si no está bien usada puede ser letal y lo hemos visto. Además, ningún funcionario debe portar arma de fuego durante el control de manifestaciones, eso está expresamente prohibido. Para eso tienes los equipos antimotines”, indica el presidente del Frente Institucional Militar, vicealmirante Rafael Huizi Clavier, en clara alusión al artículo 68 de la Constitución Nacional.

En este punto, la presidenta de la ONG Control Ciudadano, Rocío San Miguel coincide con el vicealmirante. En entrevista con la cadena NTN24, aclaró que lo “insólito” de este suceso es que los destacamentos de orden público en Venezuela “tienen prohibido el uso de armas de fuego”.

Por el contrario, otra visión sobre el porte de armas por parte de funcionarios militares durante manifestaciones civiles es expuesta por el primer ministro de Defensa del Gobierno del expresidente Hugo Chávez, Raúl Salazar, quien sostiene que el porte de estos armamentos durante las protesta sí está permitido. “Lo que está prohibido es su uso”.

Detalla que la GNB opera por medio de un equipo que debe llevar consigo material para el manejo de disturbios civiles, tales como bombas lacrimógenas y perdigones. Justo detrás de este grupo, puede ubicarse una escuadra de seguridad para el resguardo de los primeros que, en caso de un ataque armado, sí tendrían permitido el porte de armas letales como último recurso de defensa. “Estas sólo pueden ser accionadas si el lado que intentan contener dispara primero”.

“Todos deben llevar armas de reglamento y no armas propias. Ningún soldado sale solo. Debe haber un comandante de destacamento, uno de pelotón y otro de escuadras. Hay que identificar quién dio la orden para saber quién la autorizó”, subraya el exministro.

Tras los sucesos que culminaron con la muerte de Fabián Urbina y que otros seis protestantes resultaran heridos por armas de fuego, el ministro de Interior, Justicia y Paz, Néstor Reverol y el mayor general Antonio Benavides, quien hasta este martes 20 de junio dirigió los destinos de la GNB, expresaron en sus respectivas cuentas Twitter su rechazo al “uso desproporcionado de la fuerza”. Aunque ambos funcionarios tendrían responsabilidad en estos hechos de violencia, según los expertos.

Y aunque los numerosos videos y fotos que evidenciaron el momento en el que los GNB dispararon en contra de los manifestantes en Altamira sirvieron de detonante para que ambos personeros del Ejecutivo de Maduro condenaran los hechos, la fiscal Ortega Díaz reprochó las palabras del titular de Justicia.

“Impunidad es decir eso de que hubo uso desproporcionado de la fuerza. Lo que hubo es un homicidio, se violaron los derechos humanos”, expresó en entrevista con Unión Radio.

¿Quiénes comandaron a los presuntos asesinos de Fabián?

De encontrarse culpables por la justicia, los tres sargentos de la GNB no serían los únicos responsables por la muerte del joven de 17 años caído en la protesta en Altamira y por provocar lesiones graves por armas de fuego en otros manifestantes.

Las 9mm que accionaron el sargento primero Raimon Ávila y los sargentos segundo Jhoan Rojas y Jesús Báez en contra de la concentración opositora pudieron ser asignadas a los funcionarios para la operación de orden público. Por ello, en la responsabilidad material de este crimen pueden haber implicaciones legales para toda la cadena de mando de la Guardia Nacional, incluyendo a quien suscribiera la resolución 8.610 y encabeza actualmente a la cartera de Defensa: el general Padrino.

Rocío San Miguel sobre la responsabilidad de la cadena de mando de la GNB en la muerte de Fabián Urbina

La actual organización de los militares es mixta. Anteriormente, existían divisiones del Ejército y brigadas, “pero ahora están ligados a las Regiones de Defensa Integral (Redi) y a las Zonas de Defensa Integral (Zodi), resalta el exministro Salazar.

Según la organización actual de la Guardia Nacional para el control de manifestaciones en Caracas, el principal responsable de la comandancia de las unidades represoras es la cabeza al frente de la Fuerza Armada Nacional (FAN), el ministro Padrino López. Funcionario que, a diferencia de su par Néstor Reverol y el mayor general Benavides, se ha mantenido en rotundo silencio en torno a lo ocurrido este 19 de junio en Altamira.

Pero son precisamente el titular de Justicia y Paz, Reverol, y el mayor general Benavides, entonces comandante de la GNB, quienes le siguen en la cadena de mando y en responsabilidad material de los hechos que dieron con la muerte de Fabián Urbina.

Debajo de estos personajes también tendrían que asumir culpas el comandante de la Región Estratégica de Defensa Integral de la Capital (Redi-Capital), mayor general José Ornelas; el comandante de la Zona Operativa de Defensa Integral del Distrito Capital (Zodi-Capital), general Carlos Martínez Stapulionis; y el comandante de la Zona de Orden Interno GNB-43 Capital, general Fabio Enrique Zavarce Pabón. Así como el jefe del Destacamento de Seguridad Urbana de Coche, teniente coronel Daniel Jesús Gotera; y el capitán de pelotón a cargo del piquete que disparó en contra de la protesta opositora concentrada en el distribuidor Altamira.

Infografía cadena de mando de la GNB durante la manifestación del 19 de junio/ Caraota Investiga

Los efectivos señalados por la fiscal Ortega Díaz y el defensor del Pueblo, Tarek William Saab, como los presuntos asesinos de Urbina son funcionarios destacados para las operaciones de orden interno en la ciudad de Caracas, aunque ninguno es oriundo de la capital criolla.

Según el registro de las respectivas redes sociales de estos funcionarios, el sargento segundo Jhoan Rojas Díaz es nativo de Barinas, tiene 21 años de edad y está graduado como bachiller en Ciencias en en la primera promoción del Liceo Nacional Bolivariano Hugo Rafael Chávez Frías de la mencionada entidad.

Por su parte, el sargento primero Raymon Ávila, de 28 años, revela en su perfil de Facebook que “trabaja” para la Asamblea Nacional y el Consejo Nacional Electoral. El oriundo de Maracay, estado Aragua y se graduó como Guardia Nacional en el Instituto Militar Universitario de Tecnología Luis Natividad Rivero Sivila de La Guaira, estado Vargas, una institución inaugurada en 2007 por el general Freddy Alonso Carrión y construida en aquel entonces por el Seniat.

Mientras el sargento segundo Jesús Alberto Báez Rojas es oriundo de Lara, inscrito en el registro electoral del ente comicial como votante de la mesa cinco de la Unidad Educativa Colegio Madre Carmen Rendiles, de la parroquia Cabudare, del municipio larense Palavecino.

“Cualquier unidad puede agregarlos y destacarlos a la orden de una operación que se vaya a realizar”, aclara el exministro Salazar. Sostiene que estos refuerzos usualmente vienen de lugares donde hay menos problemas para añadirlos en zonas donde hay más conflictos. “Normalmente se destacan a funcionarios en regiones en las cuales estos no tengan vínculos afectivos”, comentó a Caraota Investiga un ex militar consultado para este trabajo.

“Si están destacados responden al comandante de Caracas, independientemente de dónde vengan”, recalcó Salazar. En este caso, quedaron bajo las órdenes del general Zavarse Pabón.

A través de su cuenta oficial en Twitter, Rocío San Miguel aseveró que este es “el clásico caso donde hay responsabilidad del superior en Derecho Penal Internacional por falta de supervisión y violación de Derechos Humanos.

Sobre esto la también abogada y experta en Derechos Humanos añadió en entrevista con la cadena NTN24 que el general Zavarse Pabón es tan responsable del asesinato como sus subalternos debido a sus “importantes funciones” en materia de supervisión y control del mando, aunque el oficial suela atribuir las responsabilidades de estos hechos a los funcionarios de la GNB involucrados en los asesinatos ocurridos durante el control de manifestaciones públicas.

“Los efectivos son directamente responsables, así como el supervisor del pelotón que se movilizó para la operación, el capitán de la GNB, (…) el teniente coronel que asuma la dirección del destacamento también es responsable por la ausencia de supervisión y por supuesto el comandante de zona de la región capital, el general de división Fabio Zavarse Pabón, expuso. Enfatizó que, hasta el momento, ninguno de estos efectivos ha sido puesto a la orden de las autoridades.

Infografía de los presuntos homicidas del joven Fabián Urbina/ Caraota Investiga

Sin embargo, la gran preocupación de los especialistas gira en torno a las consecuencias que pueden traer consigo el uso de armas de fuego en protestas para los propios manifestantes.

Y es que, de acuerdo con el vicealmirante Huizi Clavier, esto podría generar que “la gente esgrima el derecho a la defensa propia y se vaya armada a una manifestación. Es lo que puede pasar y sería una debacle porque desencadenaría en una guerra civil”.

Militares militantes

Otro aspecto considerado por los expertos consultados por Caraota Investiga es la existencia de un detonante de odio que impulsó a los presuntos responsables al asesinato de Fabián Urbina. Las bases del adoctrinamiento político que han recibido los militares supone una inyección ideológica cargada de rencor hacia el que disiente y ubica a los protestantes opositores como enemigos, un principio que viola el artículo 328 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Raúl Salazar sobre adoctrinamiento partidista dentro de la FAN

“La Fuerza Armada Nacional constituye una institución esencialmente profesional, sin militancia política, organizada por el Estado para garantizar la independencia y soberanía de la Nación y asegurar la integridad del espacio geográfico, mediante la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo nacional, de acuerdo con esta Constitución y con la ley”, reza la carta magna.

Para el exministro Salazar, el adoctrinamiento que han recibido estos funcionarios durante años podría haberlos impulsado a accionar las armas de fuego contra manifestantes pacíficos, pese a que no lo hicieron en defensa propia. “Estos jóvenes reciben una preparación deficiente, basada en esos cursos exprés creados por el fallecido presidente Hugo Chávez.

“Una cosa es dar la instrucción para prepararse pero otra es la formación. El problema está en confundir la formación militar para defensa nacional y la política partidista. Si la Fuerza Armada Nacional da un parte donde dice que son chavistas, ya son partidistas”, destaca.

La deshumanización de la oposición y su estigmatización como “enemigos internos” de Venezuela forma parte del adoctrinamiento que ha recibido la FAN y que, según el vicealmirante Huizi Clavier, podría impulsar que asesinatos como el de Fabián Urbinase repitan.

“Desde hace mucho tiempo, en los planes de acción de las FAN se habla de enemigos internos y externos y se habla de la oposición como enemigo interno. Eso es parte de un proceso de adoctrinamiento para que los identifiquen como el enemigo interno”, puntualiza.

Pero, mientras las investigaciones judiciales determinen los responsables de accionar sus armas de fuego contra los manifestantes de este 19 de junio  y quiénes autorizaron el porte de estas pistolas, la fiscal general Luisa Ortega Díaz reconoció que aún el Ministerio Público no ha podido materializar un total de 23 órdenes de captura en contra de funcionarios de la GNB por el asesinato de manifestantes durante las protestas en contra del Gobierno de Maduro que se escenifican en el país desde el pasado primero de abril.

De acuerdo con la propia fiscal general, esta “espeluznante” cifra, así como otras tantas estadísticas, demuestran una continua violación a los Derechos Humanos en el país.

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