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Fuente: Caraota Digital 

Mediante el decreto presidencial número 2.992, publicado en la Gaceta Oficial del 19 de julio de 2017, el Gobierno estableció las Zonas de Protección Especial Temporal para la Garantía del Libre Ejercicio del Derecho al voto para el domingo 30 de julio, cuando se escogerán a los miembros de la Asamblea Nacional Constituyente.

Las zonas abarcan la sede principal y las regionales del Consejo Nacional Electoral, los depósitos y almacenes de material electoral y los centros de votación, así como sus áreas adyacentes en un perímetro de 500 metros, indica el artículo dos del decreto.

El documento compartido por el portal de noticias Globovisión señala en el artículo tres que la declaratoria de dichas zonas estará vigente entre la medianoche del viernes 21 de julio y la del martes 01 de agosto de 2017.

El texto señala en su artículo cuatro que la medida se adopta con el propósito de evitar “cualquier forma de intimidación que pretenda impedir el ejercicio del sufragio, así como las acciones que tengan por objeto obstaculizar el libre acceso de personas o vehículos a las adyacencias de los centros de votación”.


 

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