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La empresa Transporte Polar fue multada porque uno de sus helicópteros presuntamente ingresó en la zona prohibida de Fuerte Tiuna, en junio de 2015, sin la autorización del Comando Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Ceofanb), según se lee en la sentencia 2016-0383 emitida por la Corte 1° de lo Contencioso Administrativo que tramitó una demanda de la mencionada compañía. El hecho ocurrió con un helicóptero marca Macdonnell Douglas, modelo MD-90, siglas YV1408 propiedad de Transpolar, que es usado para el transporte aéreo del personal directivo, gerencial y especializado de Alimentos Polar Comercial, Pepsi-Cola Venezuela y Cervecería Polar, indicaron los demandantes.

La multa fue de 1.000 unidades tributarias. Transpolar la canceló y reclama que le devuelvan el helicóptero que se encuentra en la Base Aérea Francisco de Miranda (La Carlota) hasta tanto no haya una decisión judicial firme. Esto debido a que la empresa demandó ante la Corte 1° al Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (Inac) porque no ha levantado la medida de seguridad y resguardo que mantiene retenida la aeronave.

El pasado 31 de mayo, la citada Corte declaró inadmisible la demanda interpuesta por Transpolar porque no dejó transcurrir los 20 días hábiles para que el Inac tomara una decisión, señalan los jueces de la Corte 1°.  En su lugar, Transpolar, consignó una y otra comunicación ante el citado organismo para que le devolvieron el helicóptero.

“La presentación reiterada de peticiones como las de autos, resulta contraria a la eficacia y eficiencia en el ejercicio de la actividad administrativa por parte del Inac, pues como se constata en el caso bajo estudio, si bien la parte actora tiene el derecho a dirigir peticiones y recibir una oportuna respuesta, la Administración requiere de tiempo y recurso humano a los fines de dar respuesta a las diversas solicitudes”, respondió la Corte 1°.

Fuente: Últimas Noticias

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